Los proyectos apoyables deben cumplir las siguientes condiciones:
* La innovación en materia de organización debe guardar relación con el uso y explotación de tecnologías de información y la comunicación (TIC).
* El resultado del proyecto debe ser el desarrollo de un modelo empresarial, metodología o concepto que pueda reproducirse sistemáticamente.
* La innovación debe representar una novedad o mejora sustancial con respecto al estado actual de este campo en la industria europea y comportar cierto grado de riesgo.
* Las actuaciones en que los organismos intermedios sean beneficiarios deberán consistir en la prestación de servicios de asesoramiento en materia de innovación. Se considera como asesoramiento en innovación las actuaciones de consultoría en organización y gestión y asistencia tecnológica. El proyecto deberá contemplar la prestación del servicio a al menos cinco PYME radicadas en la Comunitat Valenciana.
* Los organismos intermedios estarán obligados a facturar los servicios prestados estableciendo el precio sin separarse de lo que determina el mercado en la zona. El precio reflejará los costes reales más un margen razonable. Además, al facturar hará constar en la factura el porcentaje bonificado sobre el precio de mercado, así como que dicha bonificación constituye ayuda estatal, de manera que el beneficiario final no pueda obtener más de 200.000 euros de bonificación en un período de tres anualidades.
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InnoEmpresa 2010